Unidad central de control
UCC
Aplicación diseñada para llevar el registro volumétrico de
cualquier tipo de hidrocarburo o petrolífero.
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¿Qué es la UCC?
UCC
Es una aplicación en diseñada para llevar el registro volumétrico de cualquier tipo de hidrocarburo o petrolífero.
Cuenta con las especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad para llevar controles volumétricos de Hidrocarburos y Petrolíferos.
Permite recopilación y almacenamiento de toda la información general y oficial del contribuyente:
Información del contribuyente
- RFC
- RFC de representante legal
- RFC de proveedores
- Tipo de Carácter
- Instalaciones o Procesos
- Registros de Volúmenes
- Información de los CFDI’s asociados a la adquisición y enajenación de dichos bienes o, en su caso, a los servicios que tuvieron por objetos tales bienes
- Dictámenes de laboratorio que determinan el tipo de Hidrocarburo o Petrolífero
- Permite que la información anterior sea procesada a fin de generar reportes de información diarios y mensuales, de conformidad con la normativa oficial aplicable.
¿Para qué sirve la UCC?
Función principal
Genera de manera diaria y mensual los reportes de información de controles volumétricos, comprobantes fiscales, clasificación y en conformidad con las reglas y especificaciones del SAT.
Ventajas y características básicas de la UCC
Características
- Dictámenes y Certificados que dan cumplimiento al manejo de hidrocarburos y petrolífero
- Controles de acceso por nombre de usuario previamente registrado o por firma electrónica que valida el RFC del Contribuyente dado de alta en la plataforma
- Perfiles con atributos personalizados para que las operaciones del Contribuyente dentro de la aplicación sean ejecutadas según los requerimientos de la normativa aplicable
- Administrador
- Supervisores
- Operadores
- Auditores
- Configuración personalizada de los datos del Contribuyente, necesarios para la identificación de los procesos, equipos y productos de los que reportará mediciones volumétricas
- Extracción automática de los registros de volumen de forma encriptada y a través de medios de transmisión que garantizan la correcta recepción e integridad de la información
- Se recopilan y almacenan en la UCC
- La información fiscal contenida en los CFDI’s o Pedimentos que amparan la adquisición o enajenación de Hidrocarburos se registra y almacena en la UCC para ser procesada en los reportes.
- Se pueden elaborar reportes diarios y mensuales de controles volumétricos en formato XML y JSON, tienes la opción de elegir el de tu preferencia y en cualquier momento poder cambiar de un formato a otro. En la UCC Signa Origyn se generan ambos formatos en todos tus reportes
- Registro en bitácora de todos los eventos relacionados con la configuración y operación de la UCC, los cuales están protegidos para evitar su modificación o eliminación
- Generación de alarmas cuando se detecta una falla o condición anómala en la operación, según la norma aplicable
- Procesamiento de la información generada, recopilada y almacenada para la generación de los reportes de información diarios y mensuales conforme a las especificaciones y características técnicas emitidas por el SAT
Cumplimiento con la NOM 151
Generación y emisión de constancias en todas las operaciones que permitan verificar la integridad de los datos acatando la normatividad.
Seguridad en UCC
Dentro de las funcionalidades de la UCC Signa Origyn se encuentran integradas todas las reglas de negocio, especificaciones técnicas y de seguridad que establece el SAT y el Diario Oficial, para su correcta operación.
Como beneficia UCC en las empresas
Personas físicas y morales obligadas a llevar controles volumétricos a que se refiere la regla 2.6.1.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
http://omawww.sat.gob.mx/controlesvolumetricos/Paginas/preguntas_frecuentes.html
Normatividad UCC por mencionar algunos
Normatividad UCC
- Basados en la NORMA: NOM-151
- Fundamento legal: artículo 28, fracción I, apartado B del Código Fiscal de la Federación y regla 2.6.1.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
- Fundamento legal: Artículo 28, fracción I, apartado B del Código Fiscal de la Federación, Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, del Código Fiscal de la Federación y otros ordenamientos, publicado en el DOF el 12/11/2021, reglas 2.6.1.2. y 2.6.1.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
- El complemento “Hidrocarburos y Petrolíferos” a que se refiere la regla 2.7.1.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal es de uso obligatorio pasados treinta días naturales contados a partir de su publicación en el Portal del SAT, en términos de la regla 2.7.1.8. de la citada Resolución.
- Fundamento legal: Reglas 2.7.1.8, 2.7.1.41 y Transitorio Décimo Quinto de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
- Fundamento legal: Artículo 28, fracción I, apartado B del Código Fiscal de la Federación, regla 2.6.1.2. y transitorio Décimo Tercero de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
- Fundamento legal: Artículo transitorio Décimo Tercero de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, “Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo XML mensual de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos” y “Especificaciones Técnicas para la Generación del Archivo JSON mensual de Controles Volumétricos para Hidrocarburos y Petrolíferos”. • Fundamento legal: Artículo 27, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Fundamento legal: Artículo 27, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 59 Bis de la Ley de Hidrocarburos.
- Fundamento legal: Ficha de trámite 283/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
- Fundamento legal: Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
- Fundamento legal: Regla 2.6.1.5 y Apartado 31.2. del Anexo 31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
- Fundamento legal: Reglas 2.6.1.2, 2.6.1.4 y 2.6.1.6 y apartado 32.3 del Anexo 32 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
- Fundamento legal: Apartado 32.3 del Anexo 32 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
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